Les informamos que, de acuerdo con lo establecido por la Resolución DGI N° 168/021, los contribuyentes que son emisores electrónicos deben informar a la DGI todas las soluciones de software que integran sus procesos de facturación y/o conservación de CFE, identificando al proveedor de cada una de ellas.
Para ello, la empresa deberá ingresar en el portal de e-factura de la DGI www.efactura.dgi.gub.uy en donde encontrarán el procedimiento a realizar.
En caso de tener alguna consulta al respecto, pueden comunicarse a