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COMAP: Re-puntuación para empresas que tengan proyectos presentados bajo el Decreto 268/020.- o anteriores
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Aprovechamos para recordar a las empresas que presentaron proyectos de Inversión ante la COMAP por el Decreto 268/020 tiene la posibilidad de “repuntuar” cuando demuestre que ha generado un puntaje superior al comprometido en el proyecto de inversión promovido en alguno de los indicadores.

Deberán presentar ante COMAP una nota de solicitud de repuntuación del proyecto de inversión, firmada por representante legal, con la explicación de la situación del indicador correspondiente (compromiso y cumplimiento), para que esta le recalcule la exoneración y el plazo que hubiera correspondido a dicho puntaje, en cuyo caso se emitirá una resolución del Poder Ejecutivo.

Plazo máximo de presentación, hasta 6 meses luego de finalizado el cumplimiento del cronograma original del indicador.

Por más información contacte a nuestro Dpto. de Consultoría e Impuestos: Cra. Rossana Echinope rechinope@estudiokaplan.com, o a su profesional de referencia dentro de Estudio Kaplan.

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