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Miércoles, 20 Noviembre 2019 16:24

Reporte Tributario No.28 | ¿A qué beneficios accede un comprador de Vivienda Promovida (Ex VIS)?

4) ¿A QUÉ BENEFICIOS ACCEDE UN COMPRADOR DE VIVIENDA PROMOVIDA (EX VIS)?

En este Informe repasaremos los beneficios tributarios a los cuales accede un comprador de una unidad de Vivienda Promovida (ex VIS):

  • Exoneración del IVA en el precio de compra (si se trata de la primera enajenación de la vivienda).
  • Exoneración de ITP por la primera enajenación de las viviendas (si se trata de la primera enajenación de la vivienda).
  • Exoneración de las rentas generadas por los arrendamientos a los efectos del IRAE, IRPF e IRNR.

Si se trata de un proyecto que se rige por la RM 636/2014 (régimen anterior) entonces se debe tener en cuenta en qué zona está ubicado el proyecto:

areas promoción

Montevideo

  • En la zona C01 –resto de la ciudad o zona violeta– la exoneración será del 100% y se pueden alquilar por FGA o cualquier otra modalidad, puesto que la restricción de alquilar sólo con FGA finaliza cuando se produce la primera enajenación.
  • En la zona C02 –zona céntrica o zona azul– cuando las unidades no formen parte de las unidades comprendidas dentro del 25% de unidades topeadas, la exoneración será del 100% si se arriendan por FGA o de 40% con otra modalidad de garantía.

Cuando las unidades estén comprendidas dentro del 25% de unidades topeadas la exoneración será del 100% y se pueden alquilar por FGA o cualquier otra modalidad, puesto que la restricción de alquilar sólo con FGA finaliza cuando se produce la primera enajenación.

 

Interior del país

Se gozará el 100% de exoneración de rentas siempre que arriende a través del FGA, en caso contrario, tendrá exonerado el 40% de las rentas generadas por los arrendamientos.

 

En el caso que el proyecto sea regido por la RM 434/2017 (normativa vigente) entonces las exoneraciones serán de la siguiente manera:

Montevideo

  • Zona C01:
Cantidad de dormitorios Tope de arrendamiento (aprox. $)
1 16.000 (3.700 UI)
2 19.900 (4.600 UI)
3 22.500 (5.200 UI)

Si no supera estos topes, la exoneración será del 100%, de lo contrario, si se excede ese valor, la exoneración de los impuestos a la renta será del 40%.

  • Zona C02:
Cantidad de dormitorios Tope de arrendamiento (aprox. $)
1 16.000 (3.700 UI)
2 19.900 (4.600 UI)
3 24.690 (5.700 UI)

Si no supera estos topes la exoneración será del 100%, de lo contrario, si se excede ese valor, la exoneración de los impuestos a la renta será del 40%.

 

Interior del país

Cantidad de dormitorios Tope de arrendamiento (aprox. $)
1 13.000 (3.000 UI)
2 15.100 (3.500 UI)
3 17.300 (4.000 UI)

Si no supera estos topes la exoneración será del 100%, de lo contrario, si se excede ese valor, la exoneración de los impuestos a la renta será del 40%.

El plazo durante el cual el inversor que adquiere una unidad de vivienda promovida gozará de este beneficio es el transcurrido entre el ejercicio en el cual finalice la obra y los nueve posteriores.

  • Exoneración de Impuesto al Patrimonio por las viviendas adquiridas, hasta el ejercicio en el que hayan transcurrido 10 años desde la finalización de la obra, siempre que las viviendas se encuentren arrendadas al cierre del ejercicio en que fueron adquiridas y al menos 6 meses en cada uno de los ejercicios restantes.
    Los beneficios otorgados a los arrendamientos serán aplicables siempre que los contratos sean por plazos iguales o superiores a 12 meses.

Los beneficios al arrendamiento siguen a la vivienda por el plazo estipulado sin importar las veces que haya cambiado de propietario.

 

Contamos con un staff de profesionales especializado en la temática que puede asesorarle al respecto.

Por más información contacte al Cr. Andrés Segal a través del correo general:

Modificado por última vez en Miércoles, 20 Noviembre 2019 19:30