Imprimir esta página
Miércoles, 19 Octubre 2016 16:40

Promoción de la construcción. Decreto 329/016 e información de Presidencia de la República

Por Cr. Alfredo Kaplan.

 

En relación al Decreto 329/016 e información extraída de la página web de Presidencia de la República, cabe plantearse una serie de consideraciones, en una enunciación no taxativa:

A) Sin duda, todo mecanismo de promoción de inversiones es positivo.

B) Se puede cuestionar porqué solo se incentiva inversiones mayores a los 15 millones de dólares y no a proyectos de menor porte.

C) Vale la pena resaltar el Artículo 6º del Decreto 329/016 y que no fue destacado en el comunicado de Presidencia.

“ARTÍCULO 6º.- Crédito de IVA .- Otórgase a la entidad cuyo proyecto haya sido declarado promovido al amparo del presente decreto, un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones de equipos, máquinas, materiales y servicios destinados a la obra civil. Dicho crédito será materializado mediante certificados de crédito en el régimen correspondiente a los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva.”

Esto permite por un lado, aliviar financieramente la inversión, y por otro lado, en la medida que la venta va a estar gravada con el 10% (a la primera venta de inmuebles), solucionar un tema económico que no haya un eventual sobrante de IVA compras.

D) Sin perjuicio del tope de los 15 millones de dólares, ¿qué sucedería si un promotor en la misma sociedad presenta 2 proyectos en 2 inmuebles, que individualmente no alcanzan esa base pero la suma de ambos la superan, puede acogerse a los beneficios?

E) El 20% que plantea de “área destinada a uso común”, entiendo que refiere a gimnasios, piscinas, barbacoas, jardines y canchas de deportes, este cómputo además, ¿comprende los espacios destinados a escaleras, palieres y otros lugares de planta baja?

F) Es importante señalar que por primera vez en proyectos COMAP se habla de viviendas para venta.

G) Es de suponer que los locales y garajes que existan en estos complejos, se encuentran comprendidos dentro de los beneficios del proyecto.

 

 

 

Links:

Decreto 329/016

Información de Presidencia de la República

 

Modificado por última vez en Miércoles, 19 Octubre 2016 17:11